A través del Decreto 0045 del 8 de mayo de 2020, la Alcaldía de Arauca estableció las medidas de orden público en el municipio para dar cumplimiento al aislamiento preventivo obligatorio ordenado por el Gobierno Nacional. La medidas se resumen a continuación:
1. El pico y cédula no tuvo modificación, es decir, como se muestra a continuación:

Las personas podrán salir e un horario comprendido entre las 5:00 a.m. y las 5:00 p.m.
2. En cuanto al toque de queda, se extiende una hora más: serás a partir de las 5:00 p.m. y finalizará a las 5:00 a.m.
3. Los días sábados y domingos el toque de queda será durante todo el día, es decir, todos deben estar en casa.
4. Los servicios a domicilio están autorizados todos los días hasta las 10:00 p.m. y teniendo en cuenta las siguientes medidas de seguridad:
– Control diario de la salud de los trabajadores, evitado que presenten síntomas respiratorios.
– Dotar a los empleados de mascarillas quirúrgicas, bolsas para guarden la ropa después de laborar, overoles, bata o prenda que los identifique como domiciliarios.
– Evitar el pago en efectivo y en lo posible, realizar pago con tarjetas.
– El domiciliario debe mantener 2 metros de distancia con el comprador y jamás debe ingresar al domicilio.
– Deben portar un kit de desinfección y lavarse las manos cada hora, así como al empezar y terminar el servicio.
– Si presentan síntomas gripales, deben informar a las autoridades de salud. Además, se prohíbe el parrillero para quienes presten el servicio.
– Los domiciliarios deberán llevar un registro con nombre, identificación y número de teléfono de la persona que solicita el servicio.
– Por último, los vehículos que sean usados para domicilios, deberán ser desinfectados diariamente en el terminal de transportes de Arauca donde se les dará un certificado diario de desinfección que será solicitado por las autoridades competentes.
5. En cuanto a la actividad física, el horario establecido es de 5:00 a.m. a 7:00 a.m. los días lunes, miércoles y viernes. El tiempo de salida no será superior a 1 hora en un radio no mayor a 1 kilómetro del domicilio y solo podrán salir mayores de 18 años y menores a 60. El uso del tapabocas será obligatorio, debe existir una distancia de dos metros entre cada persona y se prohíbe la actividad física en canchas, parques biosaludables, escenarios deportivos y parques infantiles.
6. En cuanto a la actividad física de los menores de edad, podrán salir aquellos que tengan más de seis años los días lunes, miércoles y viernes (entre las 4:30 p.m. y las 5:00 p.m.) acompañados de un mayor de edad (entre 18 y 60 años). El niño debe portar su esquema de vacunación al día y queda prohibido el uso de patines, bicicletas y balones. Además debe portar el tapabocas y realizar un proceso de desinfección al llegar al hogar.
7. Se prohibió el consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio. Sin embargo, no queda prohibido la venta de bebidas embriagantes.
8. El servicio público de transporte tendrá autorización con las siguientes restricciones:
– Conforme al último dígito de la Placa Única Nacional podrán prestar el servicio de la siguiente manera: los días pares, operan las placas terminadas en números pares y los días impares, operan las placas terminadas en número impares.
– Solo se permitirá que labore el 50% del parque automotor de cada una de las empresas.
– Solo se podrá transportar a un pasajero que deberá cumplir con la medida de pico y placa a excepción de personas con discapacidad que requieran un acompañante.
– Se prohíbe la acumulación de los taxis en cualquier lugar que no sea el terminal de transportes y el lugar destinado por la empresa.
– Se deberá instalar una barrera física entre la cabina del conductor y los asientos traseros. Además, el conductor es la única persona que podrá abrir y cerrar las puertas del vehículo y al finalizar el servicio deberá desinfectar las manijas internas y externas del vehículo.
– El servicio deberá ser solicitado a través de medios digitales y las empresas deberán llevar un control de las personas que solicitan el servicio (datos completos).
– Por último el conductor debe tener en cuenta todas las medidas de bioseguridad (uso de tapabocas), mantener un adecuado higiene del vehículos y asistir a la desinfección diaria que se realizará en el terminal de transportes de la ciudad.
9. El ingreso de mercancías en vehículos de carga al municipio será de lunes a viernes entre las 6.00 a.m. y las 6:00 p.m.
El Decreto 0045 del 6 de mayo de 2020, se encuentra completo a continuación:
Decreto-0045-de-2020-1MÁS NOTICIAS…
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