Mediante el decreto 682 se expidieron las reglas que regirán los tres días sin IVA en el país. Además de las normas expuestas en la reforma tributaria se estableció el listado de productos que entraran en el paquete de emergencia, todos estos podrán adquirirse con rebajas especiales.
Estas son las reglas que van a regir los tres días sin iva:
• Los bienes cubiertos se deben entregar al consumidor final dentro de las dos semanas siguientes, contadas a partir de la fecha en la cual se expidió la factura o documento equivalente.
• Los vendedores de los respectivos bienes deben disminuir al valor de venta al público el valor del IVA en la tarifa que les sea aplicable.
• El decreto también dispone una parametrización de sistemas informáticos que lleven a los responsables de dicho impuesto a ejercer control sobre el número máximo de unidades que pueden ser adquiridas y garantizar que los bienes cubiertos no superen los montos establecidos en el decreto.
• El límite de bienes que se puede comprar. «Son tres por género (no por referencia), pero por cada comerciante». Hay que recordar que en la reforma tributaria solo se permitían tres en total.
Estos son los artículos que hacen parte de lista libre del impuesto a la venta:
La categoría del agro
Entro de manera especial, por ser el sector llamado a garantizar el abastecimiento de alimentos. Esta es la lista en este segmento:
• Incluye productos como semillas y frutos para la siembra.
• Los abonos de origen animal, vegetal, mineral o químicos.
• Insecticidas
• Raticidas y demás antirroedores
• Fungicidas
• Herbicidas
• Inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas
• Sistemas de riego
• Aspersores y goteros para sistemas de riego
• Guadañadoras
• Cosechadoras
• Trilladoras
• Partes de máquinas
• Aparatos y artefactos de cosechar o trillar
• Concentrados y medicamentos para animales
• Alambres de púas y cercas
Nuevos productos
Hasta por $ 2,8 millones para 2020, (unas 80 Unidades de Valor Tributario)
• Bicicletas y patinetas mecánicas y eléctricas
• Computadores y celulares
• Insumos agropecuarios
Electrodomésticos
Su precio de venta por unidad debe ser igual o inferior a $ 2’848.560
para 2020, equivalentes a 80 Unidades de Valor Tributario, sin incluir el impuesto sobre las ventas – IVA.
En 2020, según la Dian, la Unidad de Valor Tributario (UVT) en 2020 equivale a 35.607 pesos.
• Televisores
• Parlantes de uso doméstico
• Tabletas
• Refrigeradores
• Congeladores
• Lavaplatos eléctricos
• Máquinas de lavar y secar para el hogar
• Aspiradoras
• Enceradoras de piso
• Trituradores eléctricos de desperdicios
• Aparatos eléctricos para preparar y elaborar alimentos
• Máquinas de afeitar eléctricas
• Cepillos de dientes eléctricos y otros artículos eléctricos de cuidado personal
• Calentadores de agua eléctricos
• Secadores eléctricos
• Planchas eléctricas
• Calentadores de ambiente y ventiladores de uso doméstico
• Aires acondicionados
• Hornos eléctricos
• Hornos microondas
• Planchas para cocinar
• Tostadores
• Cafeteras o teteras eléctricas
• Resistencias eléctricas para calefacción
Juguetes y juegos
Su precio de venta por unidad debe ser igual o inferior a $ 178.035 (5 UVT), sin incluir el impuesto sobre las ventas – IVA.
NO INCLUYE: Bicicletas y triciclos para adultos, artículos de fiesta y carnavales, artículos recreativos, programas informáticos y softwares.
• Muñecas y muñecos que representen personaje
• Animales de juguete
• Muñecos de peluche y de trapo
• Instrumentos musicales de juguete
• Naipes
• Juegos de tablero
• Juegos electrónicos y videojuegos
• Trenes eléctricos
• Sets de construcción
• Juguetes con ruedas diseñados para ser utilizados como vehículos
• Rompecabezas
• Canicas
Elementos deportivos
Su precio de venta por unidad debe ser igual o inferior a $ 356.070 pesos para 2020 (10 UVT), sin incluir el impuesto sobre las ventas – IVA.
• Pelotas de caucho
• Bolas, balones
• Raquetas
• Bates
• Mazos
• Gafas de natación
• Zapatos especializados para la práctica de deportes
• Trajes de neopreno
• Aletas
• Salvavidas
• Cascos
• Protectores de manos, codos y espinillas.
Su precio de venta por unidad sea igual o inferior a tres $178.035
para 2020, (5 UVT), sin incluir el impuesto sobre las ventas – IVA.
• Cuadernos
• Libros
• Textos escolares
• Software educativo
• Lápices
• Esferos
• Marcadores
• Borradores
• Tajalápices
• Correctores
• Plastilina
• Pegantes
• Tijeras
• Artículos necesarios para las actividades pedagógicas
Vestuario
Su precio de venta por unidad sea igual o inferior a $ 712.140
para 2020 (20 UVT), sin incluir el impuesto sobre las ventas – IVA. Prendas de vestir de todo tipo, entendiéndose por cualquier pieza de vestido o calzado.
NO INCLUYE las materias primas.
Complementos de vestuario
Su precio de venta por unidad debe ser igual o inferior a $ 712.140
(20 UVT), sin incluir el impuesto sobre las ventas – IVA.
• Morrales
• Maletines
• Bolsos de mano
• Carteras
• Gafas de sol
• Paraguas
• Pañoletas
• Bisutería
El gobierno nacional manifestó que esta medida que exime de este impuesto por tres días del año se implementa con dos objetivos: para que se promueva la reactivación de la economía y se beneficie al consumidor final.
MAS NOTICIAS…
- Opinión: ¿Cómo es la economía araucana?
- Más de 400 millones de pesos asignó Comfiar en el marco del subsidio al desempleo FOSFEC
- Arauquita concentró mayoría de alertas por deforestación en primer trimestre de 2024
- Piden cruce de datos antes de asignar viviendas de interés social en Arauca
- Alerta en Tame por instalación de artefactos explosivos en zona rural
























