En las últimas horas se ha conocido que por parte del Juzgado Primero Administrativo de Arauca se ha negado la acción de tutela que había sido interpuesta días atrás por el abogado Daniel Linares.
Dicha acción de tutela pretendía parar la contratación de los recursos de regalías lo cuales serían ejecutados por la Asociación de Municipios del Caribe, Aremca. Dicho documento establece: No tutelar los derechos invocados por Daniel Alfonso Linares González y Gustavo Diaz Hernández, dentro de las tutelas acumuladas, por lo explicado en las consideraciones 5.3 de este proveído.
La providencia expuso que al jurista Linares no se le vulneró ningún derecho fundamental, incluso porque ni siquiera cuenta con las calidades o el lleno de los requisitos legales para pretender participar en el proceso de licitación del cual alegaba tenía interés de participar y que según su consideración se le estaba violando un derecho.
El juez también explicó que los demandantes coincidían en sus argumentos frente al alegato presentado, y que desconocieron lo reglado frente a los procesos de licitación pública, dejando de lado el considerar que sobre el procedimiento se deben llenar unos requisitos así como ostentar unas calidades para poner en competencia su nombre o el de su empresa, ya que el señor Linares es abogado y no ingeniero.
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